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MXPA99005649A - Negacion selectiva de la portadora para abonadosmoviles - Google Patents

Negacion selectiva de la portadora para abonadosmoviles

Info

Publication number
MXPA99005649A
MXPA99005649A MXPA/A/1999/005649A MX9905649A MXPA99005649A MX PA99005649 A MXPA99005649 A MX PA99005649A MX 9905649 A MX9905649 A MX 9905649A MX PA99005649 A MXPA99005649 A MX PA99005649A
Authority
MX
Mexico
Prior art keywords
carrier
siendo
cellular
restriction
indicator
Prior art date
Application number
MXPA/A/1999/005649A
Other languages
English (en)
Inventor
Patel Mahesh
Joensuu Erkki
Alperovich Vladimir
Valentine Eric
Boltz David
Original Assignee
Ericsson Inc
Priority date (The priority date is an assumption and is not a legal conclusion. Google has not performed a legal analysis and makes no representation as to the accuracy of the date listed.)
Filing date
Publication date
Application filed by Ericsson Inc filed Critical Ericsson Inc
Publication of MXPA99005649A publication Critical patent/MXPA99005649A/es

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Abstract

La negación selectiva de la onda portadora en un sistema celular restringe aluna o todas las llamadas transferidas a través de la onda portadora desde un abonado móvil determinado mientras que al mismo tiempo permite otras llamadas celulares. una bandera de restricción o indicador un registro de ubicación de visitante (VLR) del sistema celular es establecido por un registro de ubicación de Residencia (HLR) que contiene una lista de las portadoras negadas a los abonados. Cuando se establece la bandera de restricción el HLR es interrogado para determinar si la llamada esta restringida. De otra manera, la bandera de restricción puede recibir dentro del teléfono móvil del abonado. Además, el VLR o teléfono móvil, puede, respectivamente contener una lista de las portadoras negadas y determinar de manera interna si se aplica negación de portadora sin tomar en cuenta el HLR.

Description

NEGACIÓN SELECTIVA DE LA PORTADORA - PARA ABONADOS MÓVILES CAMPO DE LA INVENCIÓN La presente invención se refiere, en general, a un sistema de telecomunicaciones y al método que incorpora la negación selectiva de la portadora, específicamente, a un sistema de telecomunicaciones y el método para la negación selectiva de la portadora en un ambiente inalámbrico, y más específicamente, a un sistema y método para la negación selectiva de la portadora en un ambiente celular, móvil.
ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE INVENCIÓN Ha sido notable la evolución de la comunicación inalámbrica durante el siglo pasado, desde la demostración de Guglielmo Marconi en 1897 de la capacidad de la radio para proporcionar contacto continuo con barcos que navegaban el canal inglés. Desde el descubrimiento de Marconi, nuevos métodos de comunicación alámbricos e inalámbricos, servicios y estándares han sido adoptados por personas en todo el mundo. Esta evolución se ha ido acelerando, particularmente durante los últimos 10 años, en los cuales la industria de las comunicaciones por radio móvil ha crecido en órdenes de magnitud, gracias a numerosos avances tecnológicos que han hecho el equipo de radio portátil más pequeño, más económico y más fiable. El crecimiento exponencial de la telefonía móvil continuará en las décadas venideras también, a medida que esta red inalámbrica interactúe con y finalmente rebase las redes alámbricas existentes. La red alámbrica de los Estados Unidos en la actualidad tiene una característica de acceso constante denominada Negación Selectiva de la Portadora (SCD) , una característica que proporciona la capacidad para un proveedor del servicio telefónico en la solicitud de una portadora, como puede ser AT&T, bloquear el acceso del abonado a llamadas interurbanas sobre esta portadora, pero sin limitar a estos abonados de hacer llamadas no interurbanas, locales o llamadas utilizando otras portadoras. En particular, la SCD le permite al proveedor alámbrico inhibir selectivamente ciertas llamadas manejadas por la portadora de aquellos abonados que han sido designados como abonados sin cargo, pero les permiten hacer llamadas locales y de emergencia sin restricción. La Federal Communications Commission (FCC, Comisión Federal de Comunicaciones) en fechas recientes indicó que por razones de seguridad a los proveedores inalámbricos en los Estados Unidos pronto se les exigiría incorporar capacidad de acceso igualitario en sus sistemas inalámbricos. En la actualidad, la característica SCD no está a la disposición en los sistemas celulares en los Estados Unidos, como puede ser la PCS 1900. Es, por consiguiente, un objetivo de la presente invención instrumentar la característica de Negación Selectiva de la portadora de los sistemas alámbricos en los sistemas de telefonía inalámbrica, particularmente de los Estados Unidos de acuerdo con el mandato de la FCC. Otro objetivo de la presente invención es incorporar Negación Selectiva de la Portadora en sistemas celulares, limitando a los abonados el acceso a portadoras específicas, grupos de portadoras o todas las portadoras.
COMPENDIO DE LA INVENCIÓN Un sistema de telecomunicaciones y método para la negación selectiva de la portadora proporciona a un operador de una Red Móvil Terrestre Pública (PLMN) la capacidad para * limitar o inhibir ciertas llamadas manejadas en portadora de un abonado celular determinado, mientras al mismo tiempo permite otras llamadas celulares. En una modalidad de la presente invención se incluye una bandera de restricción en un Registro de Ubicación del Visitador (VLR) para cada usuario celular. Cuando el usuario intenta hacer una llamada manejada en portadora y se establece la bandera de restricción, el Registro de Ubicación de Residencia (HLR) para la PLMN determina si aplica la restricción y si debe negarse la llamada en la portadora seleccionada. En otra modalidad de la presente invención, la negación selectiva de la portadora se aplica a los sistemas y métodos de redes inteligentes. En todavía otra modalidad de la presente invención, la negación selectiva de la portadora se aplica dentro de un teléfono móvil de abonado sin involucrar directamente el HLR. Una apreciación más completa de la presente invención y el alcance de la misma pueden obtenerse a partir de los dibujos anexos que se resumen brevemente más adelante, la siguiente descripción detallada de las modalidades actualmente preferidas de la invención y las reivindicaciones anexas .
BREVE DESCRIPCIÓN DE LOS DIBUJOS La FIGURA 1 es un diagrama en bloques de un sistema de telecomunicaciones de acuerdo con una primera y segunda modalidades de la presente invención; La FIGURA 2 es un diagrama en bloques de una porción del sistema de telecomunicaciones que se muestra en la FIGURA 1 , ilustrando los pasos para establecer una bandera de restricción de portadora en el Móvil Services Switching Center (MSC, Centro de Conmutación de Servicios Móviles) ; La FIGURA 3 es un diagrama en bloques de una porción del sistema de telecomunicaciones que se muestra en la FIGURA 1, ilustrando los pasos para negación selectiva de la portadora; La FIGURA 4 es un diagrama en bloques de una tercera modalidad de la presente invención; La FIGURA 5 es un diagrama en bloques de una cuarta modalidad de la presente invención; y La FIGURA 6 es un diagrama en bloques de una modalidad alternativa de la presente invención.
DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA PRESENTE INVENCIÓN La presente invención ahora será descrita con más amplitud en adelante con referencia a los dibujos acompañantes, en los cuales las modalidades preferidas de la invención serán mostradas. Esta invención, sin embargo, puede ser incorporada en muy diferentes formas y no debe ser considerada como limitada a las modalidades establecidas en la presente; en cambio, estas modalidades se proporcionan de manera que esta descripción sea cuidadosa y completa, y llevará completamente el alcance de la invención para los expertos en la técnica. Con referencia a la FIGURA 1 de los dibujos, en esta se ilustra una Public Land Mobile Networ (PLMN, Red Móvil Terrestre Pública) , como puede ser la red celular 10, que a su vez se compone de una pluralidad de áreas 12, cada una con un Móvil Switching Center (MSC, Centro de Conmutación Móvil) 14 y un Visitor location Register (VLR, Registro de Ubicación del Visitador) 16 integrado en este. Las áreas del MSC/VLR 12, a su vez, incluyen una pluralidad de áreas de ubicación (LA) 18, que se define como aquella parte de un área de MSC/VLR 12 determinada en la cual una estación móvil (MS) 20 puede moverse libremente sin tener que enviar información de ubicación actualizada hacia el área de la MSC/VLR 12 que controla esta LA 18. Cada área de ubicación 12 se divide en diferentes células 22. La estación móvil 20 es el equipo físico, por ejemplo, un teléfono de automóvil u otro teléfono portátil, utilizado por los abonados móviles para comunicarse con la red celular 10. Una estación base (BS) 24 es el equipo físico, ilustrado por simplicidad como una torre de radio, que proporciona cobertura de radio al área geográfica de la célula 22 en la cual transmite el tráfico de radio a y desde la MS 20. Con otra referencia a la FIGURA 1, el área de servicio de la PLMN o red celular 10 incluye un registro de ubicación de residencia (HLR) 26, que es una base de datos que mantiene toda la información del abonado, por ejemplo, los perfiles de los usuarios, información de ubicación actual y ruteo, números del International Mobile Suscriber Identity (IMSI, Identidad de Abonado Móvil Internacional) , y otra información administrativa. El HLR 26 puede ser co-localizado con un MSC 14 determinado, una parte integral del MSC 14 o los MSC 14 de servicio múltiple, los últimos de los cuales se ilustran en la FIGURA 1. La IMSI es un número de identificación único de 15 dígitos asignado a cada estación móvil 20, e incluye un Mobile Country Code (MCC, Código Móvil del País) de 3 dígitos, un Mobile Network Code (MNC, Código Móvil de la Red) de dos (o tres) dígitos y un Mobile Suscriber Identification Number (MSIN, Número de Identificación del Abonado Móvil) , constituyendo los dos últimos un número National Mobile Suscriber Identity (NMSI, Identidad de Abonado Móvil Nacional) . El VLR 16 es una base de datos que contiene información acerca de todas las estaciones móviles 20 actualmente localizadas dentro del área MSC/VLR 12. Si una estación móvil 20 pasa a una nueva área MSC/VLR 12, el VLR 16 conectado a este MSC 14 solicitará datos acerca de esta estación móvil 20 desde la base de datos del HLR 26 (informando al mismo tiempo al HLR 26) acerca de la ubicación actual de la estación móvil 20. Por consiguiente, si el usuario de la estación móvil 20 entonces quiere hacer una llamada, el VLR 16 local tendrá la información de identificación requisito sin tener que volver a interrogar al HLR 26. De la manera antes mencionada, las bases de datos VLR y HLR 16 y 26, respectivamente, contienen diversa información de abonado asociada con una estación móvil determinada 20. En una primera modalidad de la presente invención, información adicional para cada abonado se almacena en estas bases de datos, específicamente, información de restricción de portadora. En una modalidad alternativa de la presente invención, que se describe y explica infra, la información de restricción de portadora se envía al radioteléfono del abonado, por ejemplo, la estación móvil 20, donde se almacena. Ahora con referencia a la FIGURA 2, se muestra una porción de la red total 10 de la FIGURA 1 y una serie de números representando un número de pasos correspondiente, como se describirá en adelante. La estación móvil 20, al ser energizada, inicia un mensaje de registro para la MSC/VLR adecuada (mostrada como un dispositivo integrado 17 en la FIGURA 2) en el área del MSC/VLR 12 y registra la información requisito en el mismo (paso 1 como se ilustra) . El MSC/VLR 17 entonces envía señales al HLR 26 solicitando los datos de abonado asociados con el dispositivo registrador específico 20 (paso 2 ) . La base de datos del HLR 26, de acuerdo con la primera modalidad, incluye una pluralidad de registros de datos 26A de información de restricción de la portadora en cada abonado, y envía al VLR 16 en el dispositivo 17 (paso 3) una instrucción para establecer un registro de bandera de restricción 16A en la base de datos del VLR 16 si el abonado específico tiene alguna de las restricciones aplicables a la portadora. Por ejemplo, si el abonado no ha pagado su recibo telefónico para una portadora determinada (y es considerado un abonado sin cargo por esta portadora) la bandera de restricción 16A asociada- con este abonado se establece y el MSC/VLR 17 recibe una indicación afirmativa desde el HLR 26 que aplica una restricción. Los datos de abonado, junto con la bandera de restricción establecida 16A para este abonado, se almacenan entonces dentro del VLR 16 para uso posterior. Después de que la MS 20 ha registrado en el área de servicio del MSC/VRL local 12, es decir, información en la MSC 20 se almacena en la base de datos del VLR 16, la estación móvil 20 pueden entonces intentar iniciar una llamada. Ahora con referencia a la FIGURA 3, se muestra una porción de red como en la FIGURA 2, pero con un enlace de comunicaciones 28 a otros sistemas, por ejemplo, otras áreas del MSC/VLR 12 dentro de la PLMN u otras PLMN, una Public Swítched Telephone Network (PSTN, Red Telefónica de Conmutación Pública) , una Integrated Services Digital Network (ISDN, Red Digital de Servicios Integrados) u otros sistemas alámbricos o inalámbricos. Después de que la MSC 20 inicia la llamada (paso 1, como se ilustra) y establece un enlace ---con el MSC/VLR (también mostrado como un dispositivo integrado 17 en la FIGURA 3), el MSC/VLR 17 determina si se solicita o no una llamada de larga distancia, interurbana o de acceso de portadora (paso 2) .
Si la llamada es local o si la bandera de restricción 16A para este abonado no se establece, entonces la llamada sale al destino adecuado ya sea dentro de la PLMN 10 o a través del enlace 28 (paso 6, como se ilustra en la FIGURA 3) . Sin embargo, si la llamada es un acceso a portadora o una llamada interurbana, es decir, las restricciones podrían aplicarse a esta llamada específica o tipo de llamada, y la bandera de restricción 16A se establece, entonces se necesita más información para valorar si esta llamada particular por este abonado específico es permitida. El MSC/VLR 17 envía señales al HLR 26 (paso 3) , enviando la información de la identificación de portadora pertinente, por ejemplo, para AT&T el número 288 representa su código de portadora, al HLR 26. Una función de restricción de portadora, también almacenada dentro del HLR 26, compara la información de identificación de la portadora enviada por el MSC/VLR 17 con una lista de portadoras restringidas para este abonado (paso 4) almacenada en el registro de datos 26A para este abonado. Si la portadora celular elegida puede ser utilizada, es decir, la identificación de la portadora no coincide con alguna de las portadoras o tipos de portadora restringidas, almacenadas, entonces el HLR 26 envía señales al MSC/VLR 17 (paso 5), el cual entonces completa la llamada, por ejemplo, a través del enlace 28 (paso 6) . Sin embargo, si se encuentra una correspondencia y la portadora celular elegida es una restringida, entonces el HLR 26 envía señales (paso 5) al MSC/VLR 17 en consecuencia, el cual entonces rechaza la llamada y envía la razón de esto de regreso a la estación móvil 20 (paso 7) que muestra al abonado un mensaje de selección de portadora inválida. Se debe entender que el HRL 26 también deshabilitará o rechazará una definición de un número de envío de llamada que utilice una portadora restringida. Con otra referencia a la FIGURA 1, se muestra una Service Order Gateway (SOG, Compuerta de Orden de Servicio) 32 conectando el HLR 26 con un Customer Administration System (CAS, Sistema de Administración de Clientes) 34 a través del cual un administrador de red puede modificar la base de datos del HLR 26, con base en el abonado, para manifestar los cambios en el estado de los abonados. Por ejemplo, si un abonado determinado se convierte en un abonado sin cargo para una o más portadoras, entonces, el administrador de la red introduce una lista de estas portadoras no permitidas a través del CAS 34 y la SOG 32 y la almacena dentro de los registros de datos del abonado 26A de la base de datos del HLR 26. Se debe entender que la bandera de restricción 16A en la primera modalidad de la presente invención de preferencia es una bandera genérica, es decir, la bandera 16A en el MSC/VLR 17 solo indica que una restricción de portadora genérica ha sido colocada en este abonado, no una restricción específica. La información de restricción específica, como se describe, se almacena dentro del registro de datos respectivo 26A del HLR 26 para este abonado. No obstante, se debe encender que una multiplicidad de banderas de restricción pequeñas 16A pueden estar disponibles para cada abonado, las cuales indican una multiplicidad correspondiente de restricciones específicas. Por ejemplo, la bandera 16A? en el VLR 16 puede indicar una restricción de AT&T, la bandera 16A2 una restricción SPRINT, etc., o la bandera 16A? puede indicar la tolerancia o restricción de los tipos de llamadas de acceso a portadora, que se describen con mayor detalla en adelante. También se debe entender que en una segunda modalidad de la presente invención el HLR 26 puede enviar una lista de restricciones de portadora acerca de un abonado específico para el almacenamiento dentro del VLR 16 adecuado. Por ejemplo, una bandera de múltiples bits o múltiples palabras o registro de datos que represente las restricciones de portadora particulares o los tipos de restricciones de portadora pueden ser bajados al VLR 16, el cual entonces puede realizar la comparación adecuada, es decir, la función de restricción de portadora antes mencionada, en este punto sin involucrar el HLR 26. De otra manera, donde el número de portadoras es excesivo, es posible bajar una lista parcial, de preferencia los candidatos a los que es más probable tener acceso. En cualquier caso, las actualizaciones completas, parciales o particulares para el VLR 16 son necesarias en forma periódica para mantener información precisa de la restricción del abonado. Demás se debe entender que las modalidades anteriores de la presente invención pueden ser adaptadas para usos relacionados, por ejemplo, para proporcionar capacidad de negación selectiva de la portadora a una red inteligente (IN) como puede ser un servicio telefónico sin costo, es decir, un servicio mediante el cual una compañía tiene un número universal al cual serán cargadas todas las llamadas entrantes para esta compañía. Cuando se marca este número, independientemente de la ubicación del llamador en el país, la llamada es automáticamente ruteada a la oficina más cercana o más adecuada de la compañía, por ejemplo, una oficina central abierta a toda hora o una oficina regional abierta en días y horas hábiles. La negación selectiva de la portadora puede emplearse en las formas descritas en la presente solicitud para limitar el acceso a un llamador al número universal, evitando por este medio un cargo para este número por un marcador no elegible. En la FIGURA 4 se muestra una tercera modalidad e la presente invención dirigida a incorporar la capacidad SCD en una celular de IN, como ya se describió. En particular, después de que el MSC/VLR 17 identifica la llamada como una llamada de IN, la llamada entonces es ruteada hacia el Service Switching Point (SSP, Punto de Conmutación de Servicio) 36 más cercano, el cual tiene las Service Switching Functions (SSF, Funciones de Conmutación de Servicio) convencionales en el mismo, como puede ser establecer tablas de accionamiento. El SSP 36 se comunica con un Service Control Point (SCP, Punto de Control de Servicio) 38 que contiene las funciones de control del servicio en el mismo, las cuales incluyen las funciones de ruteo y determinación necesarias para la SCD, como pueden ser aquellas incorporadas en los registros de datos 26A del HLR 26 en la primera modalidad. Por ejemplo, después de que el MSC/VLR 17 rutea una llamada de abonado hacia el SSP 36, la identificación de la portadora es entonces enviada hacia el SCP 38, el cual analiza la identificación de portadora y determina si hay alguna restricción. Si no hay alguna, la llamada continua. Si se aplican restricciones, un mensaje es enviado de regreso hacia el MSC/VLR 17 de que la llamada ha sido negada. En la FIGURA 5 se muestra una cuarta modalidad de la presente invención dirigida a incorporar capacidad de restricción de portadora en una base de datos 20A dentro de la estación móvil 20. La base de datos 20A, que puede residir, por ejemplo, en una Subscriber Identity Module (SIM) Card (Tarjeta de Módulo de Identidad del Abonado) convencional, puede incluir en la misma una bandera de restricción de portadora, la cual, si se establece, indica que se requiere más información de restricción de portadora específica, como se describe. De otra manera, una multiplicidad de banderas que representen una multiplicidad correspondiente de restricciones de portadora o una lista de restricción de portadora, como en la segunda modalidad, puede ser descargada, desde la base de datos del HLR 26 a través de la MSC 14 respectiva, a la estación móvil 20 para el almacenamiento dentro de la base de datos 20A. De esta manera, la función de restricción de portadora puede realizarse dentro de la propia estación móvil -20 sin utilizar ninguno de los recursos sobre el aire de la PLMN 10. Por ejemplo, si la base de datos 20A indica que se aplica una restricción de portadora y el abonado marca un w10" inicial, es decir, un intento por colocar una llamada interurbana, entonces el intento se termina en la estación móvil 20 sin involucrar a la red. Se debe entender que el método y sistema de la presente invención también es útil donde entran en contacto diferentes protocolos, por ejemplo, PCS 1900 y GSM. En este escenario, el MSC/VLR 17 en un sistema, por ejemplo, el PSC 1900 en los Estados Unidos, hace contacto con el HLR 26 de otro, por ejemplo, el GSM de Europa y, a través del uso de los números de identificación IMSI se intercambia información de negación selectiva de la portadora. Puede decirse que las modalidades antes descritas proporcionan capacidad de negación selectiva de la portadora a un sistema de telecomunicaciones, negando selectivamente el acceso a la portadora caso por caso de acuerdo con los registros de bandera de restricción 26A, 16A o 20A almacenados en el HLR 26, el VLR 16 o la M 20, respectivamente. Otra variante de este tema es restringir el acceso a la llamada a un nivel más amplio, por ejemplo, todas las llamadas interurbanas o tipos específicos de llamadas de acceso a portadora, mencionadas en la presente como negación restringida de portadora, como se describe más adelante. Con referencia nuevamente a la FIGURA 1 de los dibujos, un abonado móvil en el sistema PLMN 10, como puede ser PCS 1900, puede suscribirse a una Presubscribed inter-Local Access Transport Área ( ínterLATA) Carrier (PIC) (Portadora Presuscrita de Área de Transporte de Acceso ínter-Local) en este sistema. Esta información de portadora entonces es colocada por el administrador de la red dentro del registro 26A adecuado del HLR 26, también conocido como los datos del perfil del abonado. El abonado móvil, representado por la estación móvil 20 en las figuras, tiene la opción de 1/ invalidar su propio PIC, es decir, la portadora asignada, de acuerdo con la llamada marcando un Carrier Access Code (CAC, Código de Acceso a Portadora) antes del número B. Además, las compañías de renta de teléfono celular pueden requerir al usuario utilizar solo la portadora designada (PIC) en sus teléfonos, y prohibir al usuario hacer llamadas CAC. Se debe entender que el MSC 14/VLR 16 que da servicio a este abonado móvil tiene la capacidad de utilizar una portadora predeterminada en el caso que un PIC o CAC específico no sea definido por este MSC 14/VLR 16 y se permite sustitución con la portadora predeterminada. De esta manera, el abonado de la estación móvil 20 puede hacer llamadas InterLATA, intraLATA y otras llamadas interurbanas sin restricciones. De la misma manera, un MSC de Compuerta (GMSC) 40, que da servicio a las llamadas a los abonados móviles, como se muestra en la FIGURA 6, puede también utilizar una portadora predeterminada donde no se proporciona PIC o CAC específica. De esta manera, una llamada que se origine desde el abonado móvil (o envío de llamada) y que termina en este que requiere una conexión de portadora será ruteada a la portadora relevante de acuerdo con la CAC, PIC o portadora predeterminada indicada y en este orden. Cuando el abonado móvil pasa entre las células 22, las áreas de ubicación' o servicio 18 o 12, respectivamente, o de otra manera dentro del área PLM 10, se realizan periódicamente actualizaciones de ubicación, actualización del HLR 26, según la ubicación dei abonado. Las actualizaciones también se realizan cuando se enciende la MS 20, como se describe. Por ejemplo, ia respuesta del HLR 26, paso 3 como se ilustra y describe en relación con ia FIGURA 2, envía una instrucción lnsert_Subscriber_Data convencional que, de acuerdo con esta modalidad de la presente invención, incluye una representación de la capacidad de portadora actualmente disponible para este abonado móvil, por ejemplo, solo llamadas P1C. Se debe entender que la información de ía PiC puede ser introducida en el HliR 26 a través del CAC 34 y SOG 32, como se ilustra y describe con relación a la FIGURA 1, actualizando ía base de datos dei HLR 26 como consecuencia. También se debe entender que la GMSC 40, que coordina una llamada hacia el abonado móvil, es decir, la estación móvil 20, interrogará al HLR 26, y ios registros de datos pertinentes 26A en el mismo como la ubicación actual del abonado dentro de ia PLMN 10, ei número errante de la MS 20 y la P1C aplicable u otro código de portadora aplicable a este abonado que recibe la llamada, toda esta información se envía hacia la GMSC 40. Con más detalle y con referencia a ia FIGURA 6, la GMSC 40 recibe una llamada entrante (paso i, como se ilustra) hacia el abonado móvil antes mencionado y solicita (paso 2) información de ruteo en cuanto a este abonado desde el HLR 26, el cuai envía (paso 3) la información de ubicación y de portadora antes descritos hacia la GMSC 40, la cuai hace las conexiones necesarias y envía esta información hacia el MSC 14 y VLR 16 pertinentes para esta ubicación (paso 4) si no se aplican restricciones pertinentes para este abonado. En la forma antes descrita, restricciones amplias pueden ser colocadas en un abonado móvil o usuario como los tipos específicos de llamadas, por ejemplo, todas las llamadas restringidas de portadora, mientras que las modalidades de negación selectiva de la portadora antes descritas se dirigen principalmente a restringir ías comunicaciones a través de portadoras específicas. Aunque las modalidades selectivamente restrictivas antes descritas proporcionan una solución de negación de portadora más flexible, una ventaja de esta modalidad de ia presente invención, la quinta, es que es más fácil su realización. Por ejemplo, mediante el uso de categorías de restricciones amplias no hay necesidad de manejar cientos, miles o aún decenas de miles de diferentes portadoras, y el consumo de memoria consecuente y los requisitos de administración complejos asociados con ías mismas. Además, no son necesarios nuevos protocolos de comunicación y es posible utilizar los protocolos existentes, como puede ser la señalización Mobile -z? Application Part (MAP, Parte de Aplicación Móvil) , por ejemplo, ia instrucción MAP insert_Subscriber_Data antes mencionada, mediante ía cuai ei HLR 26 envia datos de abonado que incluyen el código de restricción de ía portadora. Por consiguiente, se debe entender que ios registros de datos 26A, ía información de ía bandera de restricción 16A e información restrictiva en ia base de datos 2ÜA puede, en lugar de constituir cada una un nuevo registro pequeño, cada una constituye una porción de ios datos del perfil del abonado almacenados en ei HLR 26 o descargados desde ei m . V- o --- -- --- a l con la descripción establecida con relación a ias modalidades previas. De acuerdo con esta quinta modaiidad de la presente invención, se adiciona un código, bandera o indicador de restricción de ía portadora ai protocolo de datos dei perfil del abonado, indicando este indicador el tipo especifico de restricción de portadora aplicable a este abonado, como se describe, ei indicador es almacenado, junto con los demás datos dei perfil del abonado, en el HLR 26 y pasan al VLR 16 en el mensaje insert_Subscriber_Data antes mencionado. Con referencia ai escenario de terminación de ia llamada del abonado en la FIGURA 6, el indicador y otra información son enviados desde ei GMSC 40, ei cuai la obtuvo dei HLR 26 en LS. una sena! Send_Routing_lnformation_Acknowiedgement, hacia ei VLR 16 pertinente en la ubicación actual de abonado. El funcionamiento de esta modaiidad de negación de portadora de la presente invención en el contexto del origen de llamada es como sigue. Cuando ia MS 20 origina una llamada que requiere una portadora, el MSC 14/VRL 16 verificará ei indicador, por ejemplo, la bandera 16A, para una restricción, si no hay restricciones indicadas se aplica ei manejo predeterminado y ia iiamada continúa en una forma convencional. Si la bandera indicadora I6A indica que no se permiten llamadas en portadora, entonces la llamada "i 'r-» 'í- *--i'r* - ----n'-3 o <---» s 1 -i \r e_ í ---i \t s a ar.tt t o py- o m in ' -i --. -n n - i r /- "h a r« i a el abonado o usuario. Si la bandera indicadora 16A indica que las llamadas en portadora son permitidas solo en Pi , entonces ninguna otra portadora puede ser utilizada. Por consiguiente, si se hace una iiamada Pie, ia llamada procede en la forma convencional como se describe, pero, si se intenta una llamada CAC u otra llamada interurbana, entonces ia llamada se termina y se hace ei anuncio adecuado. De ía misma manera, en ei contexto de ia terminación de ia llamada, cuando ei GMSC 40 recibe una iiamada entrante, la cual debe ser enviada al MSC 14 pertinente a través de una portadora a una MS 20, puede aplicarse ías restricciones de portadora. Eí GMSC 40 primero interroga ai HLR 26, es decir, envia una petición Send Routing Information como se ¿¿ muestra en la FIGURA 6, ei cuai responde con ios datos dei perfil que incluye ei indicador para éste abonado. i no se aplican restricciones, ía llamada continúa de manera conveniente. Si no se permiten llamadas a través de ia portadora, ia iiamada se termina. Si ia iiamada se hace sobre ía portadora permitida, entonces ía ííamada continua, o bien también se termina. Por ejemplo, si ía "residencia" dei abonado móvil esta en Los Angeles y ei abonado actualmente esta en Nueva York, entonces una iiamada hacia ei abonado procede desde ei GMSC 40 en Los Angeles hacia ei MSC 14/VLR 16 pertinente en Nueva York a través de una ? tO Hr. r-3 o s --íc? r» ? ?- 1 a rr H i s t" o t- -* ? o i ? r1- a o p f "i i "i •? O r\ o en tal caso será una Pie o una portadora predeterminada en este orden. e debe entender que, aunque ei número de restricciones de portadora apíicabíes, diferentes, se prefiere en número pequeño, ei número de estas restricciones puede ser de cualquier tamaño. in embargo, se prefiere que ei número sea bastante pequeño para se compatible con ei almacenamiento dentro de los mecanismos de protocolo existentes, como puede ser ia señalización AP. También se debe entender que eí indicador antes descrito puede ser residente dentro de ia base de datos 2ÜA de ia MS 20. De esta manera, ías llamadas que se originan desde ía MS 20 pueden ser exploradas antes de entrar a la red 10. En otras palabras, si no hay restricciones indicadas dentro de ia base de datos 20A, se aplica ei manejo predeterminado y ia iiamada procede a través de ía red ÍO. i todas ias llamadas de portadora son restringidas, ia iiamada se termina con ei anuncio adecuado ai usuario, como puede ser en una pantalla. Por último, si solo se permiten llamadas Pie, solo llamadas Pie entran a ia red 10. Las llamadas CAC u otras llamadas interurbanas se terminan en la fuente en la forma antes descrita. Además, se debe entender que ei indicador antes descrito en Ía base de datos 2ÜA de ia MS 20 puede referirse ai HLR portadora especifica en cuestión es restringida, es decir, por referencia a Ía base de datos 26A o puede referirse a ia base de datos i 6A dentro dei VLR i6 respectivo para hacer esta determinación sin ir más aiíá e involucrar ai HLR 26 y otros recursos dei sistema. La descripción anterior es de ias modalidades preferidas para realizar la invención, y ei alcance de la invención no debe necesariamente ser limitado por esta descripción. Eí alcance de ia presente invención en cambio se define por ias siguientes reivindicaciones.

Claims (14)

  1. REiViN 1CACiUNEb i. Un sistema celular de comunicaciones que tiene un registro de ubicación de residencia, una píuraiidad de registros de ubicación dei visitador en comunicación con este, y un abonado móvil en comunicación con uno de ios registros de ubicación de visitante respectivos, circuitos dentro de este sistema celular de comunicaciones para negar la portadora, ios circuitos consisten en: una base de datos de la restricción de portadora, dentro /-ÍC- . raen c t- n H -.---. n i ri a T ?GI i a v* e-. s p H ----.T-- 1~ -i _ -i r*. i -'-« o v* l o o restricciones de portadora aplicables al abonado móvil; y ei medio restricción selectiva de la portadora, en comunicación con ía base de datos de restricción de portadora dei registro de ubicación de residencia para restringir selectivamente una iiamada celular a través de ia portadora, dei abonado móvil.
  2. 2. El sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación l, en donde ei medio restricción selectivo de ia portadora consiste en: una bandera indicadora, dentro dei registro de ubicación dei visitador respectivo, para indicar una restricción de portadora para ei abonado móvil, ia bandera indicadora ¿5 siendo establecida a través de la comunicación con el registro de ubicación de residencia; y ei medio función de restricción de portadora dentro dei registro de ubicación de residencia, para determinar si ía llamada celular de acceso a la portadora del abonado móvil está limitada por ias restricciones de portadora apiicabíes dentro de ia base de datos de restricción de ía portadora, ia información de portadora asociada con ía iiamada celular de acceso a ia portadora siendo enviada ai registro de ubicación de residencia para ia determinación cuando se establece la bandera indicadora, eí medio función de ¿_ portadora contra ias restricciones de portadora aplicables dentro de la base de datos de restricción de portadora.
  3. 3. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 1, en donde ei medio restricción selectiva de ia portadora consiste en: un indicador, dentro deí registro de ubicación de visitante respectivo, para indicar una pluralidad de restricciones de portadora aplicables ai abonado móvil, siendo establecido el indicador a través de ía comunicación con ei registro de ubicación de residencia; y ei medio función de restricción de portadora, dentro del registro de ubicación dei visitante respectivo, para determinar si ia llamada celular de acceso a portadora del abonado móvil es restringida por ias restricciones de portadora apiicabíes dentro deí indicador, ei medio función de restricción de portadora coincidiendo con ia información de portadora asociada con ia iiamada celular de acceso a portadora contra las restricciones de portadora apíicabíes dentro dei indicador.
  4. 4. Eí sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ía reivindicación 1, en donde ei medio restricción selectiva de ia portadora consiste en: una bandera indicadora, dentro de una estación móvil asociada con ei abonado móvil, para indicar bandera [sic] i m v o o 1- t~ - /~/~ --í p -n- r,t' O /S -ro 1 c- ñ la bandera indicadora establecida a través de ia comunicación con el registro de ubicación de residencia; y eí medio función de restricción de portadora, dentro deí registro de ubicación de residencia, para determinar si ía llamada celular de acceso a portadora del abonado móvil esta restringido por ias restricciones de portadora aplicables dentro de ia base de datos de restricción de portadora, ía información de portadora asociada con ia iiamada celular de acceso a portadora siendo enviada ai registro de ubicación de residencia para determinación cuando se establece ía bandera indicaaora, el medio función de restricción de portadora acopiando ía información de portadora contra ia ¿ I restricción de portadora aplicable dentro de ia base de datos de restricción de portadora.
  5. 5. Eí sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación i, en donde ei medio restricción de portadora seleccionado consiste en: una bandera indicadora, dentro de una estación móvil asociada con ei abonado móvil, para indicar una restricción de portadora para el abonado móvil, siendo ei indicador establecido a través de ia comunicación con ei registro de ubicación de visitante respectivo; y ei medio función de restricción de portadora, dentro deí determinar si ia iiamaaa celular de acceso a portadora del abonado móvil esta restringida por referencia a una pluralidad de restricciones de portadora aplicables para ei abonado móvil, almacenadas dentro dei registro de ubicación de visitante respectivo, ia información de portadora asociada con ia llamada celular de acceso a portadora siendo enviada al registro de ubicación de visitante respectivo para determinación cuando se establece la bandera indicadora, eí medio función de restricción de portadora acopiando ía información de portadora contra ía restricción de portadora apíicabíe almacenada dentro dei registro de ubicación de visitante respectivo. IX
  6. 6. El sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 1, en donde ei medio restricción de selección de ia portadora consiste en: un indicador, dentro de una estación móvil asociada con eí abonado móvil, para indicar una pluralidad de restricciones de portadora aplicables ai abonado óvil, siendo el indicador establecido a través de ia comunicación con el registro de ubicación de residencia; y eí medio función de restricción de portadora, dentro de ia estación móvil para determinar si ia iiamada celular de acceso a la portadora, deí abonado móvil, esta restringida rv? 1 a c H c-, 1 indicador, el medio función de restricción de portadora acoplando ia información de portadora asociada con ia iiamada celular de acceso a portadora contra ias restricciones de portadora aplicables dentro dei indicador.
  7. 7. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación l, en donde eí medio restricción selectiva de ia portadora comprende un indicador para indicar cuando menos una restricción de portadora aplicable ai abonado móvil.
  8. 8. El sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 7, en donde ei indicador consiste en una bandera indicativa de una restricción de portadora específica aplicable ai aPonado móvil. 2y
  9. 9. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 8, en donde ía restricción de portadora particular indica no llamadas de acceso a portadora para el abonado móvil.
  10. 10. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ía reivindicación 7, en donde ei indicador consiste en una bandera indicativa de una . multiplicidad de pequeñas restricciones de portadora aplicables. ii.
  11. El sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 7, en donde ei indicador esta dentro dei registro de ubicación de visitante respectivo, ei <---- - r -- ct- ? H ? ??? cs l registro de ubicación de visitante respectivo, a través de ía transferencia, desde ia base de datos de restricción de portadora dei abonado, ios datos del perfil acerca dei abonado móvil a éste, ei indicador consiste en una porción de estos datos .
  12. 12. El sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 7, en donde ei indicador esta dentro de una estación móvil asociada con ei abonado móvil, ei registro de ubicación de residencia comunicando con la estación móvil a través de ia transferencia, desde ía base de datos de restricción de portadora dei abonado, datos dei perfil acerca dei abonado móvil a ia misma, conteniendo ei indicador una porción de estos datos.
  13. 13. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ía reivindicación 7, en donde el indicador esta dentro de una estación móvil asociada con eí abonado móvil, ei registro de ubicación de visitante respectivo comunicando con ía estación móvil a través de ia transferencia de datos dei perfil dei abonado acerca dei abonado móvil a ia misma, conteniendo eí indicador una porción de ios datos.
  14. 14. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 1, en donde el medio restricción selectiva de ia portadora reside en un Módulo de Identidad del Abonado en una estación móvil asociada con ei abonado tn?tt-i 1 i5. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación 1 , en donde ia íiamada celular de acceso a ia portadora se origina desde ei abonado móvil. ib. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con ía reivindicación i, en donde ia iiamada celular de acceso a portadora termina en ei abonado móvil. 17. El sistema celular de comunicaciones, de acuerao con ia reivinaicación i, en donde ia iiamada celular de acceso a portadora es parte de una comunicación de Red inteligente. 18. Ei sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con la reivindicación i, en donde ei medio restricción de portadora permite que pasen llamadas celulares no de acceso a portadora. 19. El sistema celular de comunicaciones, de acuerdo con la reivindicación i, en donae ei abonaao móvil esta restringido al uso de una soia portadora dentro del sistema celular de comunicaciones . 20. í sistema celular de .comunicaciones, de acuerdo con ia reivindicación i, además comprende: ei medio de actualización en comunicación con eí registro de ubicación de residencia para actualizar ia base de datos de restricción de portadora. ? J lt"> "m -? f- /-. rH > y^. t~ l -s n Q t3 , i An o -o "i «o /'-' t- -? l portadora en un sistema celular de comunicaciones que tiene un registro de ubicación de residencia, una pluralidad de registros de ubicación de visitante en comunicación con este, y un abonado móvil en comunicación con uno de ios registros de ubicación de visitante respectivo, una base de datos de restricción de portadora dentro deí registro de ubicación de residencia para indicar ías restricciones de portadora aplicables para ei abonado móvil, y un indicador dentro deí sistema, ei indicador en comunicación con ia base de datos de restricción de portadora dentro dei registro de ubicación de residencia, siendo ei indicador establecido si son aplicables para ei abonado móvil ias restricciones de portadora, ei método consiste en ios pasos de: 5¿ determinar, con ía presencia de una llamada celular de acceso a portadora, si ei indicador esta establecido; enviar un identificador de portadora para ía llamada celular de acceso a portadora hacia ei registro de ubicación de residencia; y determinar, dentro dei registro de ubicación de residencia, si el identificador de ia portadora coincide con un identificador de portadora restringido para eí abonado móvil en ia base de datos de restricción de portadora, siendo ia llamada celular de acceso a portadora negada si ei identificador de ía portadora coincide con eí identificador H ---_» de acceso a portadora si no hay coincidencia. 22. Eí método, de acuerdo con ia reivindicación 2i, en donde ei indicador esta dentro dei registro de ubicación de visitante respectivo. 23. El método, de acuerdo con ia reivindicación 2i, en donde ei indicador esta dentro de una estación móvil asociada con ei abonado móvil. 24. Un método para ia negación selectiva de ia portadora en un sistema celular de comunicaciones que tiene un registro de ubicación de residencia, una pluralidad de registros de ubicación de visitante en comunicación con este, y un abonado móvil en comunicación con uno de ios registros de ubicación de visitante respectivos, una base de ii datos de restricción de portadora dentro dei registro de ubicación de residencia para indicar ías restricciones de portadora aplicables para ei abonado móvil, y un indicador dentro deí registro de ubicación de visitante respectivo para indicar cuando menos una restricción de portadora apiicabíe ai abonado móvil, el método comprende ios pasos de: determinar, con ía presencia de una iiamada celular de acceso a portadora, el identificador de portadora para ia iiamada celular de acceso a portadora; y comparar el identificador de ía portadora con cuando pio i?O n a T -o t~ v i r* -* i ?r- rlcs ? í?f' O --i- V' 3 siendo ia llamada celular de acceso a portadora negada si eí identificador de portadora coincide con una de ias cuando menos una restricciones de portadora dentro dei indicador, y procediendo la llamada celular de acceso a portadora sino hay coincidencia. 25. Un método para ía negación selectiva de ia portadora en un sistema celular de comunicaciones que tiene un registro de ubicación de residencia, una pluralidad de registros de ubicación de visitante en comunicación con este, y un abonado móvil en comunicación con uno de los registros de ubicación de visitante respectivos, una base de datos de restricción de portadora dentro dei registro de ubicación de residencia para indicar las restricciones de portadora aplicables para ei abonado móvil, y un indicador dentro de ía estación móvil asociada con ei abonado móvil, indicando ei indicador cuando menos una restricción de portadora aplicable ai abonado móvil, eí método comprende los pasos de: determinar, con ia presencia de una iiamada celular de acceso a portadora, ei identificador de portadora para ia llamada celular de acceso a portadora; y comparar eí identificador de ia portadora con cuando menos una restricción de portadora dentro del indicador, siendo la llamada de celular de acceso a portadora negada si menos una restricciones de portadora aentro del inaicaaor, y procediendo ia llamada celular de acceso a portadora sino hay coincidencia.
MXPA/A/1999/005649A 1996-12-18 1999-06-17 Negacion selectiva de la portadora para abonadosmoviles MXPA99005649A (es)

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