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miércoles, 20 de septiembre de 2023

LA REPRENSIÓN DE SAN PABLO AL PRIMER PAPA EN ANTIOQUÍA


Los fariseos convertidos al cristianismo y que eran judíos de origen, propugnaban que se debía mantener la ley mosaica (la ley judía, que eran prescripciones legales que no debemos confundir con los diez mandamientos de la Ley de Dios que resumen la ley natural). El Concilio de Jerusalén define -con San Pedro a la cabeza- que los gentiles conversos al cristianismo no deben abrazar las prescripciones de la ley mosaica (aunque, evidentemente, sí los mandamientos de la ley de Dios por ser de orden natural y además revelados por Dios mismo).

Lo anterior se puede leer en el capítulo XV de los Hechos de los Apóstoles: “algunos que habían bajado de Judea enseñaban a los hermanos: “Si no os circuncidáis según el rito de Moisés no podéis salvaros”. Por tal motivo se reúne el Concilio de Jerusalén y en sus inicios “algunos de la secta de los fariseos que habían abrazado la fe decían: “Es necesario circuncidarlos y mandarlos observar la Ley de Moisés”. Pero San Pedro, refuta esa opinión y define lo contrario con estas palabras: “Creemos ser salvados por la gracia del Señor Jesús, y así también ellos”. Por su parte, Santiago añadió en el mismo sentido: “Juzgo que no se moleste a los gentiles que se convierten a Dios”.

Como se puede observar, el Concilio de Jerusalén define –con San Pedro a la cabeza- que la salvación viene por la fe en Jesucristo y no por las prácticas de la Ley judaica, que como hemos dicho no debemos confundir con la Ley de Dios establecida en los Diez Mandamientos y que deben ser observados para alcanzar la salvación eterna, pues la Biblia misma enseña que la Fe sin las obras está muerta (Santiago, Cap. II) ( ver nota 1). Son, pues, necesarias las buenas obras -conforme a la Ley Natural- resumidas por la Revelación de Dios en los Diez Mandamientos para que la fe no esté muerta y, así, al tener una fe viva (fe y buenas obras) alcancemos la salvación eterna. Pero no son necesarias para la salvación las prescripciones de la Ley judaica, como propugnaban erróneamente aquellos fariseos que se habían convertido al cristianismo. Contra la opinión de ellos, se define el primer Concilio de la Iglesia.

En la misma línea del Concilio de Jerusalén San Pablo dice: "Porque yo, por la Ley, morí a la Ley a fin de vivir para Dios" (Gal. Cap. II vers. 19). Ya que la Ley judaica es preparación para llevar FINALMENTE a Cristo que es el fin de la Ley. Gracias a la misma Ley estamos libres de ella por la muerte de Cristo: Sus méritos se nos aplican por la Gracia como si estuviéramos con Él clavados en la Cruz y muertos a esa Ley judaica.

Pasado el tiempo, en Antioquía, San Pedro, EN LA PRACTICA, condesciende -quizá por prudencia humana y de buena fe- con los judaizantes (es decir, con quienes propugnaban el mantenimiento de la ley judaica). Este obrar contradecía lo definido en el Concilio de Jerusalén. Es decir que en la práctica obraba contra la doctrina definida por la Iglesia (incluido él mismo San Pedro como Papa).

Como la doctrina prevalece sobre la práctica, San Pablo -que era su subordinado- le resiste cara a cara por no andar San Pedro según el camino y la verdad del Evangelio. San Pedro reconoce su equivocación y da la razón a San Pablo. Obrando con gran humildad y aceptando que un inferior pueda no sólo apartarse de un obrar errado del superior sino, incluso, reprender a ese superior; es decir, argüirle su equivocación por amor a la verdad del Evangelio.

Citemos lo más fundamental de este incidente, narrado por el propio San Pablo:

“Mas cuando Cefas (San Pedro) vino a Antioquía le resistí cara a cara, por ser digno de reprensión. Pues él, antes que viniesen ciertos hombres de parte de Santiago, comía con gentiles; más cuando llegaron aquellos se retraía y se apartaba, por temor de los que eran de la circunsición. Y los otros judíos incurrieron con él en la misma hipocresía, tanto que hasta Bernabé se dejó arrastrar por la simulación de ellos. Mas cuando yo vi que no andaba rectamente, conforme a la verdad del Evangelio, dije a Cefas (Pedro) en presencia de todos: “Si tú, siendo judío, vives como los gentiles y no como los judíos, ¿cómo obligas a los gentiles a judaizar?”. Nosotros somos judíos de nacimiento y no pecadores procedentes de la gentilidad; mas sabiendo que el hombre es justificado, no por obras de la Ley, sino por la fe en Jesucristo, nosotros mismos hemos creído en Cristo Jesús, para ser justificados por la fe en Cristo, y no por las obras de la Ley; puesto que por las obras de la Ley no será justificado mortal alguno”. (Gálatas, Cap II, vers. 11-16).

San Pablo le recuerda a San Pedro que el cristiano se justifica por la fe en Jesucristo y no por obrar conforme a las prescripciones de la Ley judaica, tal como se definió en el Concilio de Jerusalén. Evidentemente, San Pablo se refiere a la Ley judaica (no a los diez mandamientos), pues eso es lo que define el primer Concilio de la Iglesia. Esto lo ocultan mañosamente algunos protestantes que suprimen también el texto bíblico de Santiago sobre la necesidad de las obras y de la fe para ser salvos y no únicamente la fe, como propugna la herejía protestante, y citan -además- fraudulentamente el texto anterior como si se refiriera a los Diez Mandamientos. De esta manera, engañan al suprimir los textos que no les convienen e interpretan los otros fuera de su contexto histórico. Por ello, el hecho de Antioquía debe relacionarse necesariamente con lo definido en el Concilio de Jerusalén y no de manera independiente. Pues San Pablo lo que exige es el cumplimiento de la doctrina tal como se había ya definido en dicho Concilio.

De este incidente, Santo Tomás señala que San Pablo se enfrentó en cuanto AL EJERCICIO y no en cuanto a la autoridad del poder, y que San Pedro era reprensible pues por su simulación, por temor desordenado, abandonaba la verdad y se seguía el engaño de los fieles. Juzga que la causa de la reprensión no es leve, sino justa y útil. De no hacerse, estaba en peligro el conocimiento de la verdad del Evangelio y hubiera perecido esta verdad, de obligarse a los gentiles a guardar los preceptos legales de la Ley judaica. Santo Tomás señala que la simulación de San Pedro constituía un peligro para todos y por ello fue conveniente que la reprensión a San Pedro fuera pública y manifiesta.

Por su parte, San Agustín en su carta (carta LXXXII –CXVI-22) a San Jerónimo comenta: “Administrador fiel, el apóstol Pablo, sin duda alguna nos ofrece fe en lo que escribe, pues es administrador de la verdad, no de la falsedad. Y, por lo tanto, verdad dice cuando escribió sobre que vio al apóstol Pedro no marchar según la verdad del Evangelio y que le resistió en su cara porque forzaba a los gentiles a judaizar: Y Pedro mismo recibió con la santa y benigna dulzura de la humildad, lo que fue dicho útilmente y con la libertad de la caridad de Pablo: raro y santo ejemplo que da a la posteridad, para que no desdeñen ser corregidos por los menos ancianos si se apartasen de la recta senda. Y Pablo, para que aún los menos ancianos tengan la intrepidez de resistir a los mayores en defensa de la verdad evangélica, salva la caridad fraterna. Ciertamente, es mejor no desviarse en nada del camino que torcerlo hacia algún lado; pero mucho más admirable y laudable es recibir de buena gana al que corrige, que audazmente corregir al que se desvía. Pablo debe ser alabado por su justa libertad, y Pedro por su santa humildad”.

No olvidemos que cuando un Papa define sobre FE y MORAL, cuando cumple con todas las condiciones para ello, es infalible, pero cuando sólo actúa, no lo es. Por ello la pastoral no es infalible y sí lo es la doctrina definida por la Iglesia. Si la pastoral contradice la doctrina, evidentemente no debe seguirse, pues siempre prevalece la doctrina definida.

La doctrina prevalece sobre la práctica

La principal enseñanza del incidente de Antioquía es esa: que prevalece siempre la doctrina definida (que es la verdad infalible y revelada) sobre el obrar o el actuar en contra de ella, aunque fuera por parte de quien tiene la más alta jerarquía en la Iglesia. La doctrina es superior a la praxis.

Por último no olvidemos que San Pablo -inferior del Papa- se enfrenta a San Pedro -primer Papa-, pero siempre lo hace con el debido respeto y COMO SÚBDITO. El hecho de que tuviera la razón San Pablo, no le daba derecho a enfrentarse de tú a tú con la Cabeza de la Iglesia, por ello lo hace, sí, cara a cara y públicamente porque público era el error de San Pedro, pero siempre con la debida humildad y COMO SÚBDITO. Además, la reprensión de San Pablo no es debida a la defensa de una opinión personal suya, sino en defensa de la verdad del Evangelio tal como estaba definida. De este modo, el ejemplo de San Pablo sienta un precedente y es siempre digno de seguirse en casos similares.

Autor: Lic. Oscar Méndez Casanueva

Notas:

1) Enseña la Palabra de Dios (carta de Santiago, Cap. II): "La FE si no tiene OBRAS, es muerta como tal” y afirma que los demonios que están condenados eternamente “creen y tiemblan”, pues no basta la pura fe para salvarse sino que ambas son necesarias, es decir tanto la fe como las buenas obras son indispensables para la salvación.

2) Este artículo se publicó el 10 de julio de 2009 en este mismo blog, por su actualidad lo volvemos a difundir.

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viernes, 9 de marzo de 2012

DE LA OBEDIENCIA: EN GENERAL, DE LA RELIGIOSA Y EN EL MATRIMONIO


  • Un excelente escrito sobre qué es la autoridad, cómo ejercerla y cuáles son sus límites.
  • "Algo no es bueno por estar mandado, sino que está mandado porque es bueno".


LA OBEDIENCIA EN GENERAL

Nos explica el Padre Ismael Box:

 "Para Sto. Tomás la obediencia es la “oblación razonable firmada por voto de sujetar la propia voluntad a otro por sujetarla a Dios y EN ORDEN A LA PERFECCIÓN”.

Si la obediencia es virtud, ha de caminar entre dos extremos: la insumisión y la sujeción servil.

Pereza de pensar, cobardía de ser persona: una verdadera abominación.

Cuando la filosofía escolástica habla de la potencia obediencial, entiende por ella una cierta capacidad de educir de la materia una forma superior.

Y se pone el clásico ejemplo de un bloque de mármol del cual puede educirse una forma superior a sí: ser transformado por la mano del artista en una escultura a la que se siente impulsado, como Buonarotti, al decirle “parla” (a su estatua de Moisés).

Un superior puede sacar de los supuestos bloques de mármol que les son entregados para tallarlos un David o un W.C.

¿Qué cosa hace buena la obediencia?

¿Una cosa es buena porque está mandada o está mandada porque es buena?

A quienes tienen la pasión por el breakfast dogma (la devoción por desayunarse cada mañana con un nuevo dogma) por la mera ocasión de ejercitarse en la virtud del acatamiento, casi siempre la bondad de una determinada acción les viene del hecho de “estar mandado”, sin que se planteen demasiado, o casi nada, el bien objetivo que tal acción comportaría.

Para ciertas mentes débiles, la obediencia es un recurso de pereza intelectual y operativa: incapaces de una actividad pensante y una acción comprometida, siempre prefieren que les digan qué, cómo y cuándo deben hacerlo todo.

Dios manda obedecerle porque lo que manda es bueno. Un bien objetivo.

Y aunque ese bien no se vea demasiado claramente, por ser Dios quien es y haberlo mandado quien es la Suma Verdad y la Suma Bondad, la voluntad del hombre se somete libremente (con gusto o sin él) a la Voluntad divina.

Tratándose de un mandato humano, la cosa cambia.

Algo no es bueno por estar mandado, sino que está mandado porque es bueno.

La bondad objetiva de la cosas no puede cambiar ni por voluntad del superior gobernante, ni por el devenir histórico, ni por cualquier otra razón.

Lo que ha sido bueno antes, sigue siendo bueno ahora; y lo que antes era malo, también ahora lo es.

“Un árbol bueno, produce frutos buenos…”

Un buen superior no puede (no debe) mandar otra cosa que lo bueno.

Pero la historia vieja y la contemporánea nos demuestran que muchos buenos mentecatos (mens, mentis, captus = el que tiene capturada la mente, o el alma) creyendo hacer el bien, por obediencia, terminan causando grandes males.

El principio de cierta claridad sobre un asunto tan complicado nos lo ofrece el mismo Evangelio:

"Acaso puede un ciego guiar a otro ciego? ¿No caerán los dos en un hoyo?" (Lc 6, 39 ss).

Es muy cierto que “Los que llevados de cualquier pasión, o por ignorancia o por malicia, sabiéndolo o no sabiéndolo, quieren hacer un “cadáver” literal de sus súbditos, o bien se sujetan al superior con el servilismo inerte de estólidos “bastones”; pecan, abusan del don de Dios, desacreditan a Cristo” (P. Leonardo Castellani, op.cit. “Cristo y los fariseos”).

La obligación de la obediencia, cesa por incumplimiento por parte de uno de los “contratantes” (en aquello que el superior manda mal o abusa de su autoridad).

Genicot, sostiene que el súbdito que notase en el superior señales inequívocas y habituales de hostilidad o enemistad, no estaría obligado a obedecerle en los mandatos donde no se vea temor, pues un enemigo nos desea de suyo la destrucción…

Podríamos enumerar una larga lista de santos y doctores “desobedientes” que a la larga, sacaron a la Iglesia de ese estado de modorra o sueño profundo que fue aprovechado por sus enemigos para sembrar la cizaña:

Atanasio el Grande, Eusebio, Juan Crisóstomo, Catalina de Siena...

“El que obedece no se equivoca”, me dice Mentecato. Una media verdad…

Le respondo: “Si un ciego guía a otro ciego; ¿no caerán ambos en la fosa?”. Verdad del Evangelio.

De la media verdad y de la verdad podemos inferir, sin demasiadas pretensiones lógicas, que ambos se equivocan: mandando y obedeciendo.

Pero el que manda tiene mayor culpa:

“El servidor que, conociendo la voluntad de su señor, no tuvo las cosas preparadas y no obró conforme a lo que él había dispuesto, recibirá un castigo severo. Pero aquél que, sin saberlo, se hizo también culpable, será castigado menos severamente. Al que se le dio mucho, se le pedirá mucho; y al que se le confió mucho, se le reclamará mucho más”. (Cf Lc 12, 47. 48).

Dice el Apóstol: “Todos han de someterse a las potestades superiores; porque no hay potestad que no esté bajo Dios, y las que hay han sido ordenadas por Dios. Por donde el que resiste a la potestad, resiste a la ordenación de Dios; y los que resisten se hacen reos de juicio” (Rom 13, 1,2)

Encarece Pablo la obediencia a las legítimas autoridades temporales, base de toda convivencia y orden.

Esto supuesta la racionabilidad del mandato en orden al bien común.

Innumerables textos de la Sagrada Escritura señalan el altísimo y sublime valor de la obediencia, a la que exaltan por encima de todos los holocaustos y sacrificios.

OBEDIENCIA RELIGIOSA

Y la obediencia religiosa seguirá siendo fuente de santificación.

Tratándose de la gloria de Dios, nada debe amedrentar al súbdito en el seguimiento fidelísimo de lo dispuesto por los superiores.

De la gloria de Dios. No de la gloria, el capricho o la locura de los mismos.

Porque es igualmente cierto que: “Es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres…” (Hech 5)

Los votos hacen al religioso una cosa sagrada.

Según la mayoría de los teólogos usar del mandato BAJO SANTA OBEDIENCIA de cualquier manera, para cosas absurdas, irrazonables, fútiles, inútiles, inconsideradas o simplemente menores en volumen o ridículas en importancia, ES PECADO GRAVE.

El ejemplo de los mártires y los nuevos mártires:

Cuando la Iglesia Apostólica se lanzó al mundo pagano, insertándose en él, no para mundanizarse, sino para convertirlo, tuvo muy claro, bajo la enseñanza de sus Columnas, que había de someterse a toda humana autoridad, a ejemplo de Cristo, que no vino a ser servido sino a servir.

Su servicio fue el servicio a la Verdad de Cristo. Su reinado fue someterse a Cristo y someter a su imperio moral la vida de los hombres y la tierra misma.

En ningún momento, como hemos visto, los Apóstoles incitaron a los cristianos a desobedecer a quienes estaban constituidos en autoridad, al contrario.


Del mismo modo, en el seno de la naciente Iglesia, cuidaron que se prestara igual obediencia a sus sucesores, a quienes constituyeron en testigos de la Verdad, previniéndoles sobre la aparición de falsos pastores y hombres necios que no resistirían la sana doctrina.

Pero aquellos cristianos, además de buenos y santos, eran inteligentes.

Se dieron cuenta de lo que se quería decir y qué cosas debían obedecer… No eran mentecatos.

Los mártires, fueron tales, por desobedecer a los perseguidores de la Iglesia quienes les mandaban sacrificar a los falsos dioses.

La cosa estaba suficientemente clara, ninguno de ellos entró en conflicto o escrúpulo porque el que mandaba era Diocleciano, Decio o Nerón, soberanos emperadores constituidos en autoridad.

Como tampoco entraron en conflicto, avanzada la historia, otros mártires que sufrieron el destierro o la muerte, por oponerse a obispos y prelados herejes que les ordenaban obedecer sus mandatos.

En síntesis: que en materia que afecte a la fe y a los mandamientos de Dios, siempre se ha tenido claro –por todos, en todo tiempo y en todas partes-* que el valor de referencia para obedecer es la continuidad de lo mandado con la Tradición de la Iglesia...

Rota la continuidad, se rompe la obediencia.

Para el Padre Leonardo Castellani (“Cristo y los fariseos”) la obediencia religiosa está enderezada a la perfección evangélica; sólo puede producirse en el clima de la caridad; y el abuso de la autoridad no solamente la hace imposible sino que constituye una especie de profanación o sacrilegio.

EL EJEMPLO DE SANTO TOMÁS MORO

Recogemos los testimonios documentados del final del proceso a Tomás Moro (que fue preso y posteriormente decapitado por oponerse al cisma de Enrique VIII). Parte de su diálogo con Norfolk y Audeley.

Audeley remite por enésima vez al argumento de los votos de los obispos, de los eruditos y de las universidades, el ex Canciller responde:

“Dudo de que no sea más cierto que, quizá no en este reino, pero sí en toda la cristiandad**, la mayor parte de los obispos eruditos y de los hombres virtuosos que aún están en vida son en este asunto de la misma opinión que yo. Y si tuviera que hablar de los que ya murieron, estoy completamente seguro de que la mayoría de ellos pensaban exactamente de la misma manera que yo ahora. Por eso no estoy obligado, Mylord, a adaptar mi conciencia, en contra del concilio universal de los cristianos, al concilio de únicamente un reino. Pues de dichos santos obispos puedo contraponer más de cien a cada uno de los Vuestros; y en contra de Vuestro Concilio o Parlamento –Dios sabe qué es- están todos los concilios que se han celebrado en los últimos mil años. Y contra este reino están todos los demás reinos cristianos… Por eso invoco a Dios, cuya mirada es la única que penetra en las profundidades del corazón humano, para que Él sea mi testigo. Pero sea como sea: No buscáis mi sangre tanto por esta supremacía, como porque no he querido aprobar el matrimonio (el falso matrimonio de Enrique VIII)”.


Audeley: “Maestro Moro, Vos queréis que se os tenga por más sabio y con mejor conciencia que todos los obispos y nobles, que todo el reino entero”.

Norfolk: “Ahora, Moro, se evidencia claramente vuestra maldad”.

Moro: “Mylord, lo que digo aquí es necesario tanto para revelar mi conciencia como para tranquilizar mi alma, y para eso pongo a Dios por testigo, que es el único que conoce los corazones de los hombres”.

Es sabido que la ironía irrita a los santulones. También lo supo Moro, quien la tuvo en el grado más fino y más justo, como la tuvo hasta el mismo Cristo a quien le dijeron los “doctores”: “Maestro, hablando así, también nos ultrajas a nosotros…”

Pro bono pacis, como se dice, y siempre obedeciendo, hemos llegado a situaciones que debieran avergonzarnos cuando leemos la vida de los santos.

Vistas así las cosas, me impugnará Mentecato:

“Cuando no puedas alabar, has de callar”

Y sigue mi amigo con las medias verdades.

Si esa hubiera sido la máxima de Cristo, el Bautista, los Apóstoles y los Mártires, por no llamar raza de víboras, sepulcros blanqueados, guías ciegos, hipócritas y toda la letanía de piropos que no mezquinaron a los constituidos en autoridad, comportándose como correctos escolares, no habría ni Evangelio, ni fe sobre la tierra… La poca que queda… Lo dice el Señor, no yo.

¿Se dan hoy estas situaciones, así tan extremas como Mentecato piensa que las describo?

¿Estamos condenando la desobediencia que no es de nuestro signo y justificando la que nos conviene?

Cuando algo va directamente en contra de las verdades de la Fe, la Ley de Dios y su Culto, todo ello tal como lo ha interpretado y vivido la Tradición y las tradiciones de la Iglesia, su seguimiento, lejos de ser un acto virtuoso, por más piadosamente que se obedezca, es una falta grave.

Claro que es más cómodo callarse y obedecer cuando ponen en manos de un catequista un catecismo que distorsiona las verdades reveladas; cuando se militariza uniformando cierta comunidad (porque todos debemos hacer lo mismo); cuando en una casa de altos estudios (católica, por supuesto) se ignora la doctrina social de la Iglesia no reconociendo los derechos sociales de sus “empleados”; cuando –jugándose los intereses personales de ascenso- siempre se dice sí a lo que venga…

Es más cómodo ser obediente. Total uno obedeciendo, nunca se equivoca (como afirman los que hacen de una media verdad un dogma)…"

Texto tomado del escrito: "Obediencia, la virtud peligrosa" del P. Ismael Box . Notas abajo del post.

"Esposa te doy y no sierva", dice la liturgia.
La autoridad que posee el marido es para buscar
el bien del matrimonio, de su esposa e hijos y no
para ejercerla arbitraria y despóticamente para
su propio egoísmo y vanagloria.


 LA OBEDIENCIA EN EL MATRIMONIO

I. ¿CÓMO DEBE TRATAR A SU MUJER Y EJERCER SU AUTORIDAD EL ESPOSO?

El Apóstol San Pablo dijo: «Hombres, amad a vuestras esposas como Cristo amó a su Iglesia; a la cual ciertamente amó con aquel amor suyo infinito, NO POR SU BIEN PROPIO, SINO PROPONIÉNDOSE EXCLUSIVAMENTE EL BIEN DE LA ESPOSA»

II. ¿QUÉ DICE LA IGLESIA AL ESPOSO DURANTE EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO?

"Esposa te doy, y no sierva"

III. ¿CUÁL DEBE SER LA ACTITUD DE LA ESPOSA CON RESPECTO DE SU MARIDO?

Dice San Pablo: "Estén sujetas las mujeres a sus maridos como al Señor, pues que el varón es cabeza de la mujer, como Cristo es cabeza de la Iglesia".

IV. ¿LOS FUNDAMENTOS GENERALES SEÑALADOS EN LA PRIMERA PARTE DE ESTE POST APLICAN TAMBIÉN PARA EL MATRIMONIO?

Por supuesto, pues son principios para cualquier autoridad. La autoridad del esposo debe ser ejercida con caridad genuina, buscando exclusivamente el bien de la esposa y del matrimonio como tal. El marido no debe imponer de cualquier manera una plena autoridad "para cosas absurdas, irrazonables, fútiles, inútiles, inconsideradas o simplemente menores en volumen o ridículas en importancia", como explica el P. Ismael Box respecto de la autoridad en asuntos eclesiásticos, pues estos principios aplican para toda autoridad. Mucho menos tiene derecho de ejercerla en aspectos que dañen -de cualquier manera- a su esposa o sus hijos, o sean contrarios a la voluntad de Dios. La autoridad debe ejercerse sólo para edificación y no para destrucción. Si San Pablo habla que el esposo debe buscar exclusivamente el bien de la esposa y no el bien propio, la autoridad no puede imponerse con violencia verbal y mucho menos física, pues ésta es más grave y vil cuando quien la ejerce es la parte fuerte que debería, por el contrario, ser no sólo la parte proveedora sino también la protectora. El marido que emplea la violencia -por mínima que sea- contra su esposa, se deshonra gravemente y se degrada a sí mismo. El mandato evangélico es claro: "amad a vuestras esposas como Cristo amó a su Iglesia". La mujer ciertamente debe estar sujeta al marido, pues éste es su cabeza, pero la sujeción no implica servidumbre. Bien lo dice la liturgia: "Esposa te doy, y no sierva".

V. ¿QUÉ MALES SE PRESENTAN EN LA ACTUALIDAD?

Principalmente tres: 

a) La "liberación" de la mujer, que implica su desfeminización, su rebeldía a todo principio moral y su desconocimiento de la legítima autoridad de su esposo como cabeza de la familia.

b) Paradójicamente se presentan los dos polos opuestos en el hombre: El grave abuso de autoridad por parte de algunos esposos o la abdicación de su papel como cabeza de la familia, en otros.

c) Por ambos cónyuges: La facilidad para destruir un matrimonio ante cualquier dificultad seria que se presente. Muestran una gran debilidad. Habiéndo jurado amarse y respetarse hasta que la muerte los separe, no tienen la conciencia de su obligación de hacer que su matrimonio no fracase y en vez de emplear todos los medios, se rinden con facilidad ante las desavenencias serias que se llegan a sucitar. ¿Dónde dejan aquello de que lo que Dios une no puede separarlo el hombre?. Ciertamente habrá casos en los que un cónyuge pone gravemente en riesgo la estabilidad del matrimonio por su culpa, en tal caso deberá modificar radical y realmente su actitud y pedir perdón al otro cónyuge -insistiendo y dando el tiempo necesario para obtenerlo-, mostrándose humilde y sinceramente contrito, y demostrando con los hechos su propósito de enmienda. Hay que considerar, además, que en casos muy graves y extremos la Iglesia permite la separación de los cónyuges, pero esto no les permite contraer de nuevo nupcias, pues el vínculo matrimonial persiste.

VI. ¿QUÉ DICE PÍO XI?

LA OBEDIENCIA (Tomado de su Encíclica ‘Casti Connubii’ Sobre el Matrimonio Cristiano. Excelente para estudiar este sacramento):
"25. Por este mismo amor deben ir informados los restantes derechos y deberes del matrimonio, de modo que no sólo sea ley de justicia, sino también norma de caridad, aquello del Apóstol: Satisfaga el marido su débito a la mujer; e igualmente, la mujer al marido.

26. Consolidada, por último, la sociedad doméstica con el vínculo de este amor, es necesario que florezca en ella lo que San Agustín llama jerarquía del amor. Jerarquía que comprende tanto la primacía del varón sobre la esposa y los hijos cuanto la diligente sujeción y obediencia de la mujer, que recomienda el Apóstol en estas palabras: Estén sujetas las mujeres a sus maridos como al Señor, pues que el varón es cabeza de la mujer, como Cristo es cabeza de la Iglesia.

27. Esta obediencia no niega, sin embargo, ni suprime la libertad que con pleno derecho corresponde a la mujer, tanto por la dignidad de la persona humana, cuanto por sus nobilísimas funciones de esposa, de madre y de compañera; ni la obliga a dar satisfacción a cualesquiera apetencias del marido, menos conformes acaso con la condición y dignidad de esposa; ni, finalmente, enseña que la mujer haya de estar equiparada a las personas calificadas en derecho de menores, a las que no suele concederse el libre ejercicio de sus derechos o por insuficiente madurez de juicio o por desconocimiento de los asuntos humanos; sino que prohíbe aquella exagerada licencia que no se cuida del bien de la familia, prohíbe que en este cuerpo de la familia se separe el corazón de la cabeza con grave daño y con próximo peligro de ruina. Porque, si el varón es la cabeza, la mujer es el corazón, y como aquél tiene la primacía del gobierno, ésta puede y debe reivindicar para sí como propia la primacía del amor.

28. Esta obediencia de la esposa al marido, además, puede ser diversa cuanto al grado y al modo, conforme las diversas circunstancias de personas, lugares y tiempos; es más, si el marido faltare a sus obligaciones, corresponde a la esposa hacer sus veces en la dirección de la familia. Pero torcer o destruir la estructura misma de la familia y su ley principal, constituida y confirmada por Dios, eso no es lícito ni tiempo ni en lugar alguno.

29. Muy sabiamente enseña nuestro predecesor León XIII sobre el mantenimiento de este orden entre la esposa y el marido, en su citada encíclica sobre el matrimonio cristiano: «El varón es el jefe de la familia y cabeza de la mujer; la cual, sin embargo, puesto que es carne de su carne y hueso de sus huesos, deberá someterse y obedecer al marido NO COMO ESCLAVA, SINO COMO COMPAÑERA, de modo que jamás estén ausentes de la prestación de esta obediencia ni la honestidad ni la dignidad. Sea el amor divino el perpetuo moderador del deber de cada uno, tanto del que manda cuanto de la que obedece, ya que ambos son imágenes, el uno de Cristo y la otra de la Iglesia» .

30. En el bien de la fidelidad, por consiguiente, van implicadas unidad, castidad, amor y obediencia noble y honesta, que en la diversidad de sus nombres encierra otros tantos beneficios de los cónyuges y del matrimonio, y en los cuales se sustenta sobre seguro y se desarrollan la paz, la dignidad y la felicidad conyugal. No es extraño, por tanto, que la fidelidad se haya contado siempre entre los más excelsos y peculiares bienes del matrimonio."

* San Vicente de Lerins.
**Cuando todavía existía.
Subtítulos y paréntesis de CATOLICIDAD.
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